viernes, 21 noviembre, 2025
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Condena por acoso callejero: Lo importante es poner límites, resguardarse y denunciar

La jueza de Faltas, Marcela Cortés, destacó la sentencia con perspectiva de género por la cual un hombre de 48 años fue condenado a 30 días de arresto por acoso callejero a una joven de 19 años. “La víctima pidió que esta situación no vuelva a ocurrir ni con ella ni con ninguna otra mujer”, señaló. El fallo también dispone que el agresor asista a un programa de asistencia para varones que ejercen violencia.

En una sentencia dictada el 21 de octubre, el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Resistencia condenó a un hombre de 48 años a 30 días de arresto efectivo por infracción al artículo 69, incisos b y c, del Código de Faltas de la Provincia del Chaco, tras haber acosado a una joven de 19 años mientras se dirigía a la facultad.

La jueza Marcela Cortés explicó en declaraciones para CIUDAD TV que se trató de un “fallo con perspectiva de género” y detalló que la conducta encuadra en la figura de acoso callejero.

“Fue un fallo del mes del 21 de octubre, por el cual se condena a un masculino de 48 años a la pena de 30 días de arresto por infracción al artículo 69 del Código de Faltas, que fue reformado en 2018 e incluyó expresamente lo que es el acoso sexual”, señaló.

La magistrada precisó que el caso corresponde a la modalidad de acoso callejero, que fue incorporada en 2019 por la Ley Nacional N° 26.485. “Tiene que ver con todas aquellas conductas que se dan en la vía pública que pueden ser de carácter verbal, no verbal o físico, como en este caso”, explicó.

Cortés destacó el rol de la víctima, una joven universitaria, quien impulsó la denuncia y solicitó medidas para evitar la repetición del hecho. “Lo importante es que ella justamente pidió esto: que esta situación no vuelva a ocurrir ni con ella ni con ninguna otra mujer en la vía pública. Fue su pedido concreto, su pedido de justicia”, expresó.

Además, la jueza indicó que el agresor no tenía antecedentes, pero que “está siendo procesado por este mismo artículo en otro tribunal de la provincia”. El fallo también ordena que el condenado asista al Programa de Asistencia a Varones que hayan ejercido patrones abusivos, hechos de discriminación y violencias de todo tipo, dependiente del Centro de Salud de Villa Pegoraro.

La jueza remarcó que el acoso callejero suele producirse en contextos donde pasa desapercibido, y que por eso es clave poner límites y denunciar. “Estas situaciones siempre se dan en un contexto en el que pueden pasar desapercibidas la incomodidad y el abuso. Lo importante es poner límites, resguardarse como primera medida y luego denunciarlo. Puede denunciar en cualquier comisaría”, subrayó.

Cortés recordó que el Juzgado de Faltas ya tuvo otra condena similar en 2023, en la que los agresores eran adolescentes, y actualmente se investiga otro hecho que involucra a varias menores de edad en un barrio de la ciudad.

Respecto a la actuación judicial, señaló que los tribunales deben aplicar la debida diligencia reforzada y actuar con celeridad y seriedad, priorizando la protección de la víctima. “Tenemos la obligación de actuar con celeridad y con seriedad, resguardar a la víctima para que no se la revictimice. Al juzgar, el relato pasa por un tamiz que es la perspectiva de género, de no cuestionar su credibilidad”, sostuvo.

Cortés reflexionó sobre la importancia de visibilizar el acoso callejero como una forma de violencia, y la necesidad de que la sociedad abandone viejos estereotipos. “Hubo un movimiento a nivel mundial para salvaguardar estos derechos. En última instancia, fue la vía pública: todavía se discute si es un piropo o si es un acoso. Me parece oportuno que esta incorporación esté en la Ley 26.485 y en nuestra normativa provincial”, concluyó.

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