El Tribunal Oral Federal 4 denegó la solicitud de arresto domiciliario para el exministro, ordenando al Servicio Penitenciario Federal que garantice la continuidad de su tratamiento médico dentro de la unidad.
El Tribunal Oral Federal 4 rechazó el planteo de arresto domiciliario presentado por la defensa de Julio De Vido. Simultáneamente, requirió al Servicio Penitenciario Federal que continúe el cumplimiento de los controles médicos para asegurarle una asistencia adecuada.
El juez de ejecución, Ricardo Basílico, ordenó que se garantice el control clínico y cardiológico, análisis de laboratorio, estudios complementarios y consultas de especialidades que indiquen sus médicos. También dispuso que reciba una dieta adecuada a su patología cardíaca, metabólica y diabetes, así como la administración puntual de su medicación y la infraestructura para atender posibles complicaciones.
La resolución autoriza el traslado extramuros del detenido cada vez que sea requerido por la autoridad médica, desde la unidad de detención hasta un centro de salud externo.
La defensa de De Vido, a cargo de Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, había solicitado el beneficio argumentando que las condiciones intramuros imposibilitaban una atención adecuada para sus patologías crónicas y progresivas. Propusieron como lugar para el arresto domiciliario una chacra en Zárate, provincia de Buenos Aires, ofreciéndose a aceptar vigilancia electrónica.
En contraposición, el doctor Nicolás Czizik, de la Unidad Fiscal de Ejecución Federal, sostuvo que la existencia de enfermedades crónicas no habilita por sí sola la detención domiciliaria. El Ministerio Público Fiscal puntualizó que los registros médicos dan cuenta de un cuadro clínico compensado, con seguimiento y controles, y que el Servicio Penitenciario mantiene asistencia médica constante y capacidad de derivación.
El Cuerpo Médico Forense, tras revisar toda la documentación, concluyó que «el Sr. De Vido se encuentra compensado en su estado de salud física en el momento de las evaluaciones médicas». El informe, encabezado por el doctor Alberto Miceli, precisó que no se constató una patología terminal ni una enfermedad incurable que le impida valerse por sus propios medios o que ponga en riesgo inminente su vida a corto plazo.
