El Tribunal Oral Federal de Resistencia concedió el beneficio a Alberto Eduardo Suarez Lezcano, quien deberá residir en un domicilio de la capital chaqueña bajo estrictas condiciones de control.
El Tribunal Oral Federal de Resistencia resolvió ayer conceder el beneficio de prisión domiciliaria a Alberto Eduardo José Suarez Lezcano, quien se encontraba alojado en la Unidad 7 del Servicio Penitenciario Federal desde el 3 de julio de 2025, procesado por integrar una supuesta organización de transporte de estupefacientes.
La medida se fundamenta en el artículo 32 inciso f de la Ley 24.660, que permite el régimen domiciliario cuando el interno tiene a su cargo a una persona con discapacidad. En este caso, se trata de la madre del imputado, quien presenta una discapacidad superior al 80%, hipertensión maligna, fibromialgia y un cuadro de depresión severa con ideación suicida que requiere vigilancia permanente.
La defensa acreditó que el grupo familiar no cuenta con otros miembros capaces de brindar los cuidados necesarios, ya que Suarez Lezcano es hijo único, su pareja posee obligaciones que le impiden la asistencia y su padre, Eduardo «Pichón» Suárez, también se encuentra privado de la libertad. Un factor determinante fue el rechazo formal de la obra social InSSSeP al pedido de internación domiciliaria para la mujer.
La Unidad Fiscal prestó conformidad al pedido tras evaluar los numerosos informes médicos y psicológicos que confirman la invalidez funcional y el riesgo vital. Los magistrados Enrique Bosch, Osvaldo Facciano y Rubén Quiñones consideraron que mantener la prisión en un establecimiento común implicaría un sufrimiento inhumano que trascendería al círculo familiar, vulnerando principios constitucionales y de derechos humanos.
Bajo la nueva modalidad, Suarez Lezcano deberá residir en el domicilio de la calle Lázaro Maderna en la ciudad de Resistencia y tiene prohibido egresar del inmueble sin autorización previa. El fallo también impone reglas estrictas que prohíben el consumo de estupefacientes, el exceso de alcohol y la realización de reuniones festivas o contacto con un número excesivo de personas ajenas a la familia.
El cumplimiento de este régimen estará sujeto al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal y a la designación de un referente-guardador que asuma la responsabilidad formal ante el juzgado. El imputado tiene fecha de juicio para junio de este año.
