La Justicia Civil de Río Negro condenó solidariamente a Mercado Libre, Correo Andreani y Jobu S.A. a indemnizar con más de $3,2 millones a un consumidor cuya compra fue cancelada unilateralmente, mientras el producto duplicaba su precio por inflación.
La Unidad Jurisdiccional Civil 31 de Choele Choel, en la provincia de Río Negro, dictó sentencia en el expediente “Squadroni Pablo Alberto c/ Jobu S.A. y otros s/ daños y perjuicios”, bajo el régimen de la Ley de Defensa del Consumidor. El fallo condenó en forma solidaria a Mercado Libre, Correo Andreani y la firma Jobu S.A. a pagar más de $3,2 millones a un consumidor.
El caso se originó en agosto de 2024, cuando el demandante realizó la compra de un producto a través de la plataforma de comercio electrónico de Mercado Libre. Según el fallo, el consumidor nunca recibió el artículo y, tras efectuar reclamos por la demora, observó que la operación había sido cancelada y el dinero reintegrado sin su consentimiento.
El vendedor informó al comprador que la devolución del dinero había sido ejecutada por Mercado Libre mientras se intentaba recuperar el paquete a través de Andreani. El consumidor sostuvo durante el proceso que no quería el reintegro del pago sino la entrega efectiva del producto adquirido.
La magistrada consideró que existió un incumplimiento contractual y que las tres empresas participaron en la cadena de comercialización y logística que frustró la operación. Aplicó el principio de responsabilidad solidaria previsto en la normativa de defensa del consumidor.
Uno de los aspectos centrales del expediente fue el aumento de precios registrado entre la fecha de compra y el momento de cancelación. El fallo señaló que el consumidor quedó imposibilitado de adquirir el mismo producto debido a la aceleración inflacionaria y a la pérdida de poder adquisitivo generada por el reintegro tardío del dinero. El expediente incluyó capturas de pantalla de publicaciones del mismo producto en la plataforma de Mercado Libre, donde se observaba la suba de precios respecto del valor originalmente abonado.
El tribunal reconoció conceptos indemnizatorios vinculados al daño emergente, privación de uso, daño moral y daño punitivo. Este último punto estuvo asociado a la conducta de las empresas y al carácter unilateral de la cancelación.
El fallo también puso el foco en la logística y trazabilidad de las entregas. Según el expediente, el producto había ingresado en el circuito de distribución de Andreani, aunque nunca llegó al comprador. La Justicia consideró que la empresa de correo integró la cadena de prestación del servicio y debía responder junto con el vendedor y la plataforma.
El caso se suma a antecedentes judiciales sobre la responsabilidad de las plataformas de comercio electrónico. En abril de este año, la Cámara Comercial condenó solidariamente a Mercado Libre por la venta de un televisor defectuoso. En contraste, otro fallo de comienzos de 2026 eximió a la plataforma en un caso de cancelación de compra de una motosierra. En Río Negro, en 2025, Defensa del Consumidor multó a la compañía por no colaborar en un reclamo vinculado con una bicicleta no entregada.
