viernes, 19 junio, 2026
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Condena contra River y la AFA: deberán indemnizar a un vigilador privado agredido en un Superclásico de 2012

El Juzgado Civil N° 63 condenó al Club Atlético River Plate y a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) a pagar una indemnización de $32.180.000 a Angel Ariel Villarruel, agente de seguridad privada agredido durante el Superclásico del 28 de octubre de 2012 en el estadio Monumental.

El Juzgado Civil N° 63 condenó al Club Atlético River Plate y a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) a pagar una indemnización de $32.180.000 a Angel Ariel Villarruel, un agente de seguridad privada que fue agredido durante el Superclásico disputado el 28 de octubre de 2012 en el estadio Monumental.

Villarruel, quien en ese momento se desempeñaba para la empresa “Tech Security”, fue atacado a puñetazos y patadas por hinchas de Boca Juniors en la tribuna Centenario Alta. Como consecuencia, sufrió un traumatismo de cráneo, cervicales, una fisura de tobillo derecho y politraumatismos varios, perdiendo el conocimiento y debiendo ser trasladado de urgencia al Hospital Pirovano.

La sentencia

La jueza del caso, tras analizar las pruebas y la normativa vigente, determinó que tanto River Plate como la AFA son responsables solidarios por los daños sufridos por el trabajador. El fallo se basa en la ley 24.192, que establece un deber objetivo de seguridad para los organizadores de espectáculos públicos, quienes deben garantizar la integridad de todos los concurrentes, independientemente de su condición.

“Los organizadores se ocupan sólo del deporte y sus ganancias, mientras que la seguridad es un asunto del Estado, es insostenible en términos constitucionales”, señala un extracto del fallo, citando jurisprudencia de la Corte Suprema.

El tribunal desestimó los argumentos de la AFA, que alegaba que su único rol era programar el partido, y los de River Plate, quien sostuvo que la seguridad era competencia exclusiva de la Policía Federal. La justicia consideró que ambas entidades obtienen un beneficio económico directo de estos eventos y, por lo tanto, son responsables de lo que ocurra en ellos.

Monto de la indemnización

La compensación económica se desglosa de la siguiente manera:

  • Incapacidad sobreviniente (daño físico y psíquico): $20.000.000.
  • Daño moral: $10.000.000.
  • Tratamiento psicológico futuro: $2.160.000.
  • Gastos de farmacia: $20.000.

La exclusión del seguro

Un punto clave del fallo fue el rechazo a la citación en garantía de la aseguradora “El Surco Compañía de Seguros S.A.”. La empresa argumentó, y el tribunal coincidió, que la póliza contratada para el evento cubría exclusivamente a los espectadores que hubieran pagado su entrada o a los socios del club, no al personal de seguridad o vigilancia. Esta exclusión dejó a la AFA y a River Plate como los únicos responsables del pago.

Un precedente para el fútbol argentino

Esta condena no solo tiene un impacto económico significativo para las instituciones demandadas, sino que también sienta un precedente legal en el fútbol argentino. La justicia ha dejado en claro que los clubes y las asociaciones deportivas no pueden desentenderse de la seguridad en sus estadios, asumiendo una responsabilidad objetiva por los daños que en ellos se produzcan, incluso cuando estos son causados por terceros.

La sentencia es un llamado de atención a la industria del fútbol, recordando que la obligación de cuidar la integridad de las personas trasciende la mera organización del espectáculo y se convierte en un deber ineludible.

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