jueves, 3 septiembre, 2026
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Capitanich presentó un proyecto para que el Ejecutivo informe sobre el Decreto 478/2026

El senador Jorge Capitanich presentó en el Senado un proyecto que exige al Poder Ejecutivo información sobre el Decreto 478/2026, que incluye cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de tribunales de Nueva York en préstamos de organismos multilaterales.

El senador Jorge Capitanich presentó en el Senado de la Nación un proyecto de comunicación para que el Poder Ejecutivo informe sobre el Decreto 478/2026. Dicho decreto establece cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de tribunales de Nueva York en operaciones de préstamo con organismos multilaterales de crédito.

Capitanich afirmó que la medida «involucra una materia de alta sensibilidad institucional» porque «renuncia a una defensa propia de la inmunidad soberana de jurisdicción» en materia de endeudamiento externo. Sostuvo que corresponde al Senado ejercer su función constitucional de control.

El proyecto recuerda que el Congreso posee atribuciones centrales en materia de crédito público, según el artículo 75 de la Constitución Nacional. «El endeudamiento público no puede transformarse en una zona de decisión unilateral del Poder Ejecutivo, sin información suficiente ni control parlamentario», indicaron los fundamentos del proyecto.

Capitanich citó la Ley 24.156 de Administración Financiera, que establece que las operaciones de crédito público deben estar contempladas en la ley de presupuesto o en una ley específica, con información sobre el tipo de deuda, el monto máximo autorizado, los plazos y el destino del financiamiento. El Presupuesto 2026 autoriza que el 18% del monto destinado a la emisión de títulos públicos pueda colocarse en moneda y bajo jurisdicción extranjera. Capitanich señaló que el decreto autoriza cláusulas de prórroga de jurisdicción extranjera y renuncia a oponer inmunidad de jurisdicción, por lo que el Ejecutivo debe explicar «si considera que dichas operaciones se computan dentro o fuera del límite fijado por el artículo 44 de la Ley 27.798».

Capitanich declaró que el decreto «habilita un marco de endeudamiento por hasta 5.000 millones de dólares, pero deja sin conocimiento público las condiciones sustantivas de la operación». Agregó: «No cuestionamos la necesidad de refinanciar vencimientos de la deuda, tampoco reducir el costo de fondeo del Tesoro. Pero exigimos información completa sobre las operaciones y el control institucional por parte del Poder Legislativo. No solamente es importante cuánto es la deuda, sino conocer quiénes deciden endeudar al país, en qué condiciones, y con qué nivel de control de los poderes públicos».

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