El medio Chequeado, con el patrocinio de la Fundación Poder Ciudadano, presentó un recurso ante la Cámara Federal para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordene a YPF revelar en qué medios, redes sociales y agencias distribuye su pauta publicitaria. La petrolera de mayoría estatal se negó a cumplir una resolución de la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) y obtuvo dos fallos judiciales favorables.
Chequeado, con el patrocinio de la Fundación Poder Ciudadano, presentó un recurso ante la Cámara Federal para acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación con el fin de que YPF informe en qué medios, redes sociales y agencias distribuye su pauta publicitaria. La presentación busca revertir las decisiones de primera y segunda instancia que rechazaron un amparo promovido por el medio para que YPF cumpla con una resolución de la AAIP, que en 2024 había ordenado entregar la información solicitada.
En septiembre de 2024, el Centro de Datos de Chequeado solicitó a YPF el detalle de los actores (medios, plataformas y agencias) que recibieron publicidad de la compañía. La empresa rechazó el pedido al sostener que no estaba obligada por ser una sociedad anónima, figura legal que no está alcanzada por la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública. La AAIP hizo lugar al reclamo y ordenó a YPF entregar los datos solicitados.
Ante el incumplimiento, Chequeado presentó en junio de 2025 una acción de amparo ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal. El tribunal rechazó el planteo en diciembre de 2025, y la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó esa decisión en mayo de 2026. La Cámara consideró que YPF, una sociedad anónima sujeta al régimen de oferta pública, estaba exenta de los alcances de la ley, respaldándose en el “Caso Zenarruza”, que en segunda instancia impidió la publicación de un contrato entre YPF y Repsol, aún pendiente ante la Corte Suprema. Además, consideró que aún se encuentra abierta una instancia administrativa dado que YPF solicitó la revisión de la resolución de la AAIP ante el entonces jefe de Gabinete y director de YPF, Manuel Adorni, reemplazado por Diego Santilli.
En su apelación ante la Corte, Chequeado y Poder Ciudadano señalaron que YPF tiene una naturaleza jurídica “dual”: es una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria, lo que la convierte en sujeto obligado a brindar información pública por el artículo 7 de la Ley 27.275, y también está sujeta al régimen de oferta pública, lo que entra dentro de las excepciones de la norma. La presentación sostiene que ni YPF ni las sentencias dictadas identificaron el perjuicio concreto que implicaría la difusión de la información, y solicitó la realización de un “test de daño”, mecanismo establecido por la Ley de Acceso a la Información Pública para evaluar el interés público frente al eventual daño.
La apelación cuestiona el uso del “Caso Zenarruza” como antecedente y cita el precedente del “Caso Giustiniani” de 2015, en el que la Corte ordenó a YPF la divulgación del contrato con Chevron. Finalmente, la demanda sostiene que la existencia de una instancia administrativa pendiente no justifica el rechazo del amparo, ya que la ley no exige agotar ese paso antes de acudir a la Justicia.
El caso de YPF se suma a otros vinculados al acceso a información sobre gastos publicitarios de empresas con participación estatal. En marzo de 2026, el Banco Nación rechazó un pedido de información de Chequeado sobre distribución de publicidad, invocando excepciones de la Ley de Acceso a la Información Pública. La AAIP resolvió a favor del medio e intimó al banco, que entregó un listado de medios entre 2020 y 2023 sin especificar montos. Un antecedente similar involucró a Aerolíneas Argentinas, que tras negar información sobre su reparto de publicidad, entregó los datos luego de un fallo adverso y ahora publica el detalle en su página web.
Martín Becerra, doctor en Comunicación, declaró a Chequeado que “al ser una empresa de mayoría estatal, YPF tiene obligaciones de apertura de la información” y que “la ley se guía por el principio máximo de transparencia”.
Durante 2025, YPF destinó casi 129 mil millones de pesos a publicidad, 9 mil millones menos en términos reales frente a 2024. En el primer trimestre de 2026 invirtió 33.230 millones, un 23% menos respecto a 2025 pero 23% por encima del mismo período de 2023. El Banco Nación destinó 30.411 millones a publicidad en 2025, un incremento del 31% contra 2024 y del 86% respecto de 2023.
