La Sala IV de la Cámara de Casación Penal desestimó las denuncias del interventor Mariano Pirozzo y validó las medidas de fuerza realizadas en 2025.
La Sala IV de la Cámara de Casación Penal declaró la inexistencia de delito en las protestas realizadas durante 2025 por trabajadores del Hospital Garrahan. El tribunal sostuvo que “el magistrado instructor resolvió desestimar las actuaciones por inexistencia de delito”, ratificando lo que había expresado el juez Herman Mendel en la Justicia del Trabajo: “protestar no es delito”.
La resolución desestima las denuncias presentadas por el interventor Mariano Pirozzo, quien había acusado a los trabajadores de coacción, resistencia a la autoridad y usurpación, y había abierto sumarios administrativos contra 40 empleados, incluida la secretaria general de la Asociación de Profesionales y Técnicos (APyT), Norma Lezana.
Desde APyT manifestaron: “Acá se dejó en claro que no hubo ningún delito en las protestas llevadas adelante por el equipo de salud del Hospital, a lo largo de todo el año pasado”. Lezana afirmó que estos fallos ratifican que “la protesta es un derecho que tenemos y debemos ejercer los trabajadores, las trabajadoras y quienes tenemos la responsabilidad de representar a nuestros compañeros y compañeras desde los sindicatos”.
El fallo también reabre la investigación de la jueza María Servini, quien tomará intervención en el proceso sumarial. Lezana había denunciado un hostigamiento por parte de Pirozzo, a quien calificó como “lo peor que le pasó a este Hospital desde su fundación”. La dirigente recordó que los trabajadores lograron un 61% de aumento salarial tras meses de reclamo y que la respuesta de la dirección fue la apertura de sumarios que filtraban información reservada.
“Luchar sirve y estos fallos ratifican que no es delito”, concluyó Lezana. La decisión de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal exime de responsabilidad penal a los trabajadores del Garrahan.
