El juez federal Alejo Ramos Padilla declaró inconstitucional la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, que derogaba el sistema de información en tiempo real de los precios de los combustibles. La medida fue cuestionada por afectar el derecho de los consumidores a recibir información adecuada y veraz.
El juez federal Alejo Ramos Padilla declaró inconstitucional la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, mediante la cual se eliminó la obligación de las estaciones de servicio de informar en tiempo real los precios de los combustibles. El fallo dejó sin efecto la derogación del sistema creado en 2016, que exigía reportar cada modificación de precios dentro de las ocho horas para alimentar una base pública.
Según el magistrado, la eliminación de ese mecanismo implicó un retroceso en el derecho de los consumidores a recibir información adecuada y veraz. Ramos Padilla argumentó que el Estado no puede reemplazar un mecanismo público por aplicaciones privadas, ya que la información dispersa no permite una comparación sencilla entre todos los operadores.
La demanda fue presentada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), que sostuvo que la derogación debilitaba el control estatal y reducía la transparencia del mercado. El Gobierno respondió que la información seguía disponible mediante aplicaciones privadas y sitios web de las compañías, además de defender la medida como parte de la política general de desregulación.
El juez rechazó esos argumentos y recordó que la Constitución obliga a garantizar información pública, comparable y fácilmente accesible. También señaló que, si los precios se modifican con mayor frecuencia mediante sistemas de “micropricing”, la necesidad de contar con un mecanismo público, uniforme y actualizado resulta mayor.
La decisión judicial se enmarca en un contexto donde el precio de los combustibles fue una variable central en la estrategia antiinflacionaria del Ministerio de Economía. Durante 2025, se postergaron o aplicaron parcialmente las actualizaciones del Impuesto a los Combustibles Líquidos y del impuesto al dióxido de carbono, lo que evitó trasladar todo el aumento previsto por la ley al surtidor.
