El Consejo de Ministros de Cuba publicó un decreto que amplía la participación privada y extranjera en sectores como hidrocarburos, energía, farmacia y construcción, reduciendo de 125 a 44 las actividades prohibidas para el sector no estatal.
El Consejo de Ministros de Cuba publicó en la Gaceta Oficial de la República un decreto que reordena las actividades económicas permitidas para empresas estatales, pequeñas privadas cubanas, extranjeras y cuentapropistas. La medida reduce de 125 a 44 las actividades prohibidas para el sector privado y amplía los ámbitos de acción, en línea con el paquete de 176 reformas aprobado en junio pasado.
A partir de agosto, las empresas privadas y extranjeras podrán participar en la extracción de petróleo y gas natural, aunque solo mediante concesión administrativa para asociación económica y empresas mixtas con inversión extranjera. Las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) podrán administrar estaciones de servicio con autorización condicionada y con un socio estatal. La gran minería será permitida a capitales privados únicamente mediante asociación económica e inversión extranjera.
En el sector energético, que enfrenta una situación crítica por un sistema eléctrico obsoleto, falta crónica de inversión y el bloqueo de Estados Unidos, el sector privado podrá participar en la transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica con autorización previa. También se permitirá, con restricciones, la fabricación de sustancias químicas y productos farmacéuticos.
De las 125 actividades prohibidas, la nueva normativa permite acceso sin restricciones a 46 y flexibiliza las condiciones de operación de otras 35. Las mipymes, que suman más de 15.600 autorizadas, podrán fabricar y ensamblar ciclomotores, motocicletas, triciclos, remolques y semirremolques; explotar terminales, estaciones ferroviarias, carreteras, peajes, puentes y túneles mediante concesión administrativa o arrendamiento; y participar en el desarrollo de energías renovables.
Las 44 actividades que permanecen bajo control estatal incluyen defensa, educación formal (aunque se permiten guarderías, clases de idiomas y tutorías), seguridad, telecomunicaciones, periodismo, ámbito editorial, comercio mayorista, transporte marítimo internacional y atención médica. La salud pública sigue regulada estatalmente, pero las mipymes, cooperativas no agropecuarias y firmas privadas podrán gestionar servicios farmacéuticos cumpliendo requisitos del Ministerio de Salud Pública, como locales adecuados, personal cualificado, licencia operativa y medicamentos con registro sanitario.
María Luisa Pérez, de 77 años, declaró a la agencia AFP que le parece “bien” esa apertura porque “en la farmacia casi nunca hay medicamentos”. Ana Diego, de 66 años, que volvió a trabajar tras jubilarse, consideró positivo el anuncio porque “todo el mundo sabe que en este momento nosotros estamos subsistiendo por las mipymes”.
La presidenta del Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales, Lázara López Acea, señaló que estas medidas “no están yendo a la privatización de la economía” y que la empresa estatal mantiene su “papel fundamental”. Los medios estatales indicaron que la normativa amplía “de manera considerable el espectro de acción para los emprendedores y empresarios privados”.
La Asamblea Nacional del Poder Popular comenzó este miércoles una sesión ordinaria de dos días para estudiar proyectos de ley sobre reorganización administrativa, legislación laboral y descentralización económica. Entre los proyectos destacan la ampliación del usufructo de tierras para agricultores, cooperativas y empresas privadas; la posibilidad de poseer hasta dos casas; la autorización de hipotecas; la participación del capital privado en la actividad financiera, incluyendo banca privada; y la reducción de organismos de la Administración central de 27 a 20.
También se propone un Código del Trabajo que incorpora nociones como desconexión digital, teletrabajo, “empleo digno” y “corresponsabilidad familiar” para prestaciones de maternidad al padre. La reforma no incluye el derecho a huelga y mantiene que los sueldos sean fijados por el Consejo de Ministros.
