El Senado de la Nación dio un paso en la tramitación de un proyecto de ley que propone tipificar delitos ambientales graves y establecer penas de prisión de 3 a 15 años. La iniciativa fue analizada en un plenario de comisiones.
El Senado de la Nación avanza en el tratamiento de un proyecto de ley que propone tipificar y penalizar conductas delictivas consideradas como delitos ambientales graves. La iniciativa, presentada por la senadora Edith Terenzi (Despierta), fue analizada este miércoles en un plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Ambiente y Desarrollo Sustentable, presididas por Gonzalo Guzmán Coraita (libertario) y la propia Terenzi, respectivamente.
El proyecto establece un régimen de formas especiales de criminalidad ambiental y busca fortalecer las herramientas legales para la prevención, investigación y sanción de estas conductas. Asimismo, apunta a dotar al sistema judicial de mecanismos para enfrentar delitos que generen un grave impacto sobre los recursos naturales, los ecosistemas y la calidad de vida de la población.
“Hemos logrado enriquecer este dictamen con las sugerencias de varios senadores y entre las definiciones que incluimos en el artículo 77 del Código Penal y fueron las de daño ambiental irreversible, daño ambiental especialmente grave”, el término “ambiente” de manera taxativa y la “extensión espacial del daño ambiental” que son características que necesitábamos quedaran claramente definidas”, declaró Terenzi.
El proyecto define “ecocidio” como el daño irreversible o especialmente grave provocado sobre el ambiente en violación de las normas de presupuestos mínimos de protección ambiental y sus reglamentaciones nacionales y provinciales, de manera que comprometa los derechos de las generaciones actuales y futuras.
Se considera “daño ambiental irreversible” a aquel que imposibilite la regeneración natural del ecosistema afectado en un plazo razonable. Se entiende por “daño ambiental especialmente grave” a aquel que, por su extensión espacial o duración temporal, provoque deterioros severos sobre el medio ambiente que comprometan el derecho humano a un medio ambiente sano de varias personas o comunidades.
En cuanto a las penas, el proyecto contempla prisión de 3 a 10 años y multa equivalente al valor en pesos de 30 salarios mínimos vitales y móviles al momento de la condena para quien, violando las normas de presupuestos mínimos de protección ambiental y sus reglamentaciones, provoque daños especialmente graves sobre el ambiente. Si el daño ambiental fuera irreversible, las penas serán de prisión de 5 a 15 años y multa equivalente al valor en pesos de 70 salarios mínimos vitales y móviles.
