miércoles, 2 septiembre, 2026
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Reforma laboral: la apelación de la CGT pasará al fuero Contencioso Administrativo Federal

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal se declaró competente para tramitar el recurso de la CGT contra la reforma laboral, en un nuevo capítulo judicial.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal se declaró competente para tramitar la apelación de la CGT contra la reforma laboral. La Sala IV, con los votos de los jueces Rogelio Vicenti y Marcelo Duffy, determinó que ese fuero continuará con la causa iniciada por la central obrera y solicitó a la Justicia del Trabajo que cese su intervención.

Previamente, la CGT había solicitado la nulidad de la resolución de la Cámara de Apelaciones del Trabajo que restableció la vigencia de la nueva ley y pidió apartar a los camaristas del fuero laboral que suspendieron la medida cautelar que frenaba gran parte de los artículos de la reforma. La central obrera recusó a los jueces de la Sala VIII del tribunal, María Dora González y Víctor Arturo Pesino, en el expediente contra el Estado Nacional.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había resuelto la semana pasada modificar el efecto del recurso de apelación presentado por el Estado nacional, restableciendo así la vigencia de 83 artículos que habían sido suspendidos por el juez Raúl Ojeda. El Estado había apelado la decisión del juez Ojeda, y el recurso fue concedido el 7 de abril “en relación y con efecto devolutivo”, lo que mantenía vigente la cautelar. Ante ello, el Estado interpuso una queja para que se modificara el efecto del recurso y se le otorgara carácter suspensivo, pedido al que accedió la Cámara.

La Sala VIII fundó su decisión en el artículo 13, inciso 3, de la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. La norma establece que cuando una cautelar suspende los efectos de una disposición legal, la apelación debe concederse con efecto suspensivo, salvo que se verifiquen supuestos excepcionales. Los jueces sostuvieron que, prima facie, en el caso no se configuraban esas excepciones.

Al plantear la recusación, la CGT advirtió sobre un supuesto beneficio recibido por uno de los jueces de la Cámara, señalando una “asociación de beneficios mutuos” entre un magistrado y el Poder Ejecutivo. En un escrito ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, la central obrera recusó a los integrantes de la Sala VIII, pidió la nulidad de la resolución clave y, en subsidio, solicitó su revocatoria. El planteo apunta contra la decisión que otorgó efecto suspensivo a la apelación del Estado, que dejó sin efecto práctico la medida cautelar que protegía derechos laborales.

La CGT sostiene que el pronunciamiento cuestionado “ha sido dictado por jueces comprendidos en causas legales de recusación, con clara ausencia de competencia y sobre la base de manifiestos yerros”, lo que genera un “gravamen irreparable” para los trabajadores. Además, pide la nulidad absoluta de la resolución del 23 de abril, argumentando que la Sala VIII carecía de competencia por aplicación del principio de prevención y que la decisión fue adoptada “sin correr traslado” a la parte actora, vulnerando el derecho de defensa.

La organización sindical denuncia una “manifiesta parcialidad hacia el Estado Nacional” y cuestiona la “premura” con la que se dictó la resolución. También rechaza los fundamentos de la decisión judicial, en particular el otorgamiento del efecto suspensivo. “Nos cuesta imaginar por qué razón estos jueces consideran que los trabajadores no son socialmente vulnerables”, señala el escrito, en referencia a la interpretación de la ley de medidas cautelares. Además, advierte que el criterio adoptado “haría desaparecer la justicia cautelar”, al permitir que una apelación paralice automáticamente cualquier medida de protección urgente.

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