miércoles, 17 junio, 2026
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Un juez ordena suspender la privatización de AySA hasta determinar el pasivo ambiental

El juez Mariano López, del Juzgado en lo Contencioso Administrativo número 2 de La Plata, dictó una medida cautelar que frena el proceso de venta de activos de AySA, a raíz de una presentación de la Defensoría del Pueblo bonaerense.

Un juez en lo Contencioso Administrativo número 2 de La Plata, Mariano López, decretó una medida cautelar que frena el proceso de venta de los activos de la empresa proveedora de agua y saneamiento AySA. La decisión judicial surge a partir de una presentación realizada por la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, a cargo de Guido Lorenzino. El organismo alertó sobre los perjuicios ambientales que supone el actual proceso de privatización, argumentando que no contempla los elementos básicos para garantizar el acceso al agua. Además, la demanda advierte que se desconoce la probada existencia de pasivos ambientales en el territorio bonaerense.

Los fundamentos de la medida judicial

En su fallo, el magistrado ordenó a la empresa abstenerse de realizar cualquier acción que implique modificar, limitar o desnaturalizar las obligaciones asumidas respecto del acceso al agua potable, la salud pública y el ambiente sano. Esta restricción regirá de manera estricta hasta tanto se efectúe una evaluación integral ambiental, sanitaria e institucional suficiente que garantice la tutela de los derechos comprometidos.

El juez fundamentó que el nuevo esquema contractual impulsado desde el gobierno nacional no fortalece las obligaciones de garantizar el acceso a la cobertura sanitaria. Por el contrario, consideró que la iniciativa tiende a reducir las exigencias regulatorias y a postergar obras que resultan críticas.

En este mismo sentido, la Justicia avaló la postura del Defensor del Pueblo al reafirmar que el derecho colectivo de acceso al agua potable garantiza un suministro suficiente, seguro y equitativo para las comunidades. La prestación de este servicio público esencial por parte de la compañía alcanza de manera directa a veintiséis municipios de la Provincia de Buenos Aires, lo que resalta la magnitud del impacto social y ambiental en juego.

Competencia federal y carácter excepcional

Cabe destacar que, en su resolución, el juez López se declaró incompetente para entender en la cuestión de fondo del litigio, por considerar que se trata de materia federal, y dispuso remitir las actuaciones a la Cámara Federal de La Plata.

Sin embargo, decidió dictar la medida de no innovar de manera excepcional frente a lo que consideró una situación de emergencia. La intervención urgente se justificó en la necesidad de prevenir un daño inminente sobre los recursos hídricos superficiales y subterráneos de la provincia, así como para salvaguardar las condiciones de salubridad pública de la población usuaria del servicio ante el avance de la privatización.

Fuente: Minuto Uno

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