La Justicia Federal de San Martín emitió un fallo que declara como delitos de lesa humanidad los fusilamientos de 1956 y dispone medidas reparatorias. El juicio tomó impulso tras el antecedente de la Masacre de Napalpí en Chaco.
La Justicia Federal de San Martín declaró como crímenes de lesa humanidad los fusilamientos ocurridos el 9 y 10 de junio de 1956 en la localidad de José León Suárez, provincia de Buenos Aires. La sentencia fue dictada por la jueza federal Alicia Vence en el marco del expediente 41.041.
Según el fallo, durante la madrugada del 10 de junio de 1956, por orden del entonces presidente de facto general Pedro Eugenio Aramburu y del almirante Isaac Francisco Rojas, personal policial allanó un domicilio en la localidad de Florida. Doce personas fueron detenidas, trasladadas a la comisaría de San Martín y posteriormente fusiladas en un descampado. Como resultado, fallecieron Nicolás Carranza, Francisco Garibotti, Vicente Rodríguez, Carlos Lizazo y Mario Obrión. Siete personas sobrevivieron, entre ellas Juan Carlos Libraga, quien declaró desde Estados Unidos a los 96 años.
La jueza calificó los hechos como allanamiento ilegal, privación ilegal de la libertad agravada y homicidio agravado por alevosía. El fallo señala como responsables a Aramburu, Rojas, el teniente coronel Desiderio Fernández Suárez y el inspector Rodolfo Rodríguez Moreno, todos fallecidos. La magistrada estableció que, de haber estado vivos, les habría correspondido la pena de prisión perpetua.
“Existen hechos cuyo juzgamiento conserva relevancia jurídica e institucional, aun cuando ya no resulte posible una respuesta penal”, afirmó la jueza Vence en el veredicto.
El juicio se desarrolló en tres jornadas en el Auditorio Hugo del Carril y contó con testimonios de familiares de las víctimas. Berta Carranza, hija de uno de los fusilados, declaró: “Quiero que se haga justicia. Que, a pesar de que no estén los asesinos, esto se conozca, que sean declarados crímenes de lesa humanidad”.
La sentencia dispone un programa de medidas reparatorias que incluye: rehabilitación del buen nombre y honor de los doce fusilados y sobrevivientes; publicación del fallo en los Boletines Oficiales de la Nación y la provincia de Buenos Aires; inclusión de los hechos en los diseños curriculares educativos; instalación de placas conmemorativas; creación de un sitio de la memoria en los basurales de José León Suárez; e incorporación de los nombres de las víctimas en el registro de víctimas de violencia institucional del Estado argentino.
Los fundamentos completos de la sentencia se darán a conocer el 16 de julio. El juicio tomó impulso tras el antecedente de la Masacre de Napalpí, ocurrida en la provincia del Chaco.
