martes, 20 octubre, 2026
InicioEconomíaARCA elimina régimen de retención para empresas de servicios eventuales

ARCA elimina régimen de retención para empresas de servicios eventuales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dejó sin efecto el régimen de retención para el ingreso de las contribuciones patronales a cargo de las empresas de servicios eventuales, por considerarlo «inaplicable» tras las modificaciones introducidas por la ley de Modernización Laboral. La medida se implementó mediante la Resolución General 5913/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso dejar sin efecto el régimen de retención para el ingreso de las contribuciones patronales a cargo de las empresas de servicios eventuales, por considerarlo «inaplicable» luego de las modificaciones introducidas a partir de la sanción de la ley de Modernización Laboral.

La medida se implementó por medio de la Resolución General 5913/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, y no exime a las empresas de servicios eventuales de las obligaciones tributarias, sino que dejarán de ser agentes de retención y pasarán a abonarlas directamente.

Régimen de hace 31 años

La norma deroga la resolución 3983/1995 de la Dirección General Impositiva (DGI, previa a la creación de la AFIP), por la que se determinaron los requisitos, condiciones y plazos que las empresas de servicios eventuales debían observar a fin de practicar las retenciones sobre los importes que les fueran facturados en concepto de sueldos, jornales o cualquier otra denominación con la que se identifiquen las remuneraciones del personal.

Ese régimen fue parcialmente reemplazado en 2006 por el establecido en el decreto 1694, que mantuvo la obligación de las empresas usuarias de actuar como agentes de retención de las obligaciones derivadas de los regímenes de la seguridad social.

Reforma laboral

Tras la sanción de la ley 27.802 de Modernización Laboral, el Poder Ejecutivo adecuó la reglamentación del régimen de las empresas de servicios eventuales a través del decreto 407/2026.

En ese decreto se dispuso que las empresas de servicios eventuales abonarán en forma directa las obligaciones derivadas de los regímenes de la seguridad social, las cuotas sindicales a los sindicatos que correspondan y las retenciones legales aplicables a la actividad de la empresa usuaria.

En consecuencia, ARCA concluyó que «el régimen de retención a cargo de las empresas usuarias establecido por la Resolución General 3.983 (DGI) y su modificatoria resulta inaplicable, por lo que corresponde proceder a la abrogación de dicha norma».

Más Noticias

Estudiantes del Instituto Leloir visitaron el Museo de Ciencias Naturales Augusto Schulz

Alumnos de primer año de la UEGP N° 48 recorrieron el Museo de Ciencias Naturales Augusto Schulz en Resistencia, acompañados por docentes, para conocer el patrimonio natural del Chaco.

Barranqueras: el Juzgado de Faltas recomienda reforzar el cuidado de animales por la crecida del Paraná

El Juzgado de Faltas de Barranqueras instó a dueños de caballos a mantenerlos atados y lejos de rutas por la crecida del Paraná. La ley 2765-J prevé sanciones.

Detuvieron a un segundo sospechoso por el robo a una heladería en Resistencia

Un hombre de 32 años fue detenido por su presunta participación en el robo a mano armada a una heladería de avenida Italia al 1400, en Resistencia, ocurrido el 7 de octubre. Ya hay otro sospechoso detenido.

Dos propuestas teatrales se presentarán en una misma noche en Resistencia

El David y Tácita se presentan el viernes 23 de octubre a las 21 en el Cecupo. Entradas: $15.000 con reserva y $18.000 en puerta.

Casación revocó la absolución de un exintendente salteño y lo declaró responsable de robo y contrabando de rieles

La Cámara Federal de Casación Penal revocó la absolución de Atta Miguel Gerala y lo declaró responsable de robo y contrabando de rieles. También confirmó la condena de un policía por cohecho pasivo.