viernes, 15 mayo, 2026
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Castelli: ordenan cese de publicación de datos sobre hechos de violencia protagonizados por menores de edad

La jueza de Niñez, Adolescencia y Familia N° 2 de Juan José Castelli, Liliana Senger, ordenó el cese inmediato de la difusión de imágenes, videos o audios que permitan identificar a menores involucrados en hechos de violencia en la E.E.S. Nº 184, bajo apercibimiento de ley.

La jueza de Niñez, Adolescencia y Familia N° 2 de Juan José Castelli, Liliana Senger, ordenó que de manera inmediata cese la publicación, difusión, reproducción o viralización por cualquier medio (redes sociales, mensajería instantánea, portales de noticias, televisión o radio) de “imágenes, videos o audios vinculados a los hechos de violencia protagonizados por alumnos de la E.E.S. Nº 184 ‘Gral. Martín Güemes’”, así como cualquier otro material que permita identificar a las niñas, niños y adolescentes involucrados, bajo apercibimiento de ley.

La sentencia interlocutoria fue en el marco del expediente 545/2026 y, en la misma, la jueza hizo saber a la comunidad que “la difusión, reproducción o el simple reenvío de material audiovisual donde se identifique a niñas, niños y adolescentes (NNA) en contextos de violencia o vulneración de sus derechos, constituye una forma de violencia digital y una vulneración grave a su derecho a la intimidad, imagen y dignidad (conforme Ley Nacional 26.061 y Ley Provincial 2086-C). En consecuencia, se INSTA a la población en general a proceder a la eliminación definitiva de dicho contenido de sus dispositivos electrónicos y a abstenerse de cualquier forma de distribución o publicación, bajo apercibimiento de las responsabilidades civiles y penales que de su incumplimiento pudieran derivarse”.

En otro tramo de la parte resolutiva instó al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Chaco, a la Dirección Regional Educativa Polinivel – Región II y a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia, Familia y Adultos Mayores para que “de manera articulada y a través de sus áreas competentes, arbitren de forma urgente medidas de intervención, prevención y abordaje pedagógico sobre violencia escolar y uso responsable de entornos digitales. Se establece que dicha intervención no deberá limitarse exclusivamente a la E.E.S. Nº 184, sino que deberá hacerse extensiva a las demás instituciones educativas de la localidad, mediante el diseño e implementación de dispositivos de capacitación y sensibilización destinados a abordar de manera integral y sistémica la problemática de la violencia digital y el acoso escolar; promoviendo para ello la participación activa de los progenitores en el marco de los deberes y derechos derivados de su responsabilidad parental”.

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