El Juzgado de Garantías N° 4 de Resistencia ordenó a los medios de comunicación abstenerse de difundir datos que permitan identificar a una niña fallecida, bajo apercibimiento del artículo 239 del Código Penal.
El Juzgado de Garantías N° 4 de Resistencia, a cargo del juez Juan Carlos Codina, ordenó a los medios de comunicación que se abstengan “de exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes por cualquier medio y/o bajo cualquier modalidad, de la imagen, intimidad, privacidad, así como toda información biopsicosocial” que permita la individualización o identificación pública de la niña fallecida mencionada en el expediente 15.637/2025-1.
La medida incluye la “exposición pública sobre el estado procesal de las actuaciones judiciales que no resulten sino en identificación de aspectos de su intimidad, privacidad, imagen personal como en relación a su grupo familiar. Todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 239 del Código Penal”.
Además, el juez ordenó a los medios de comunicación que eliminen cualquier publicación relativa al caso. Asimismo, recomendó al abogado particular que “se abstenga de difundir y/o exponer” datos de la menor de edad y del estado procesal de la causa que permitan identificarla a ella o a su grupo familiar.
